¿Puedo ofrecer servicios de nutrición online bajo la autorización de mi consulta física?
La digitalización ha transformado el sector de la salud, y cada vez más profesionales se plantean expandir sus servicios al mundo online. Si tienes una consulta de nutrición física en la Comunidad de Madrid, es muy probable que te hayas hecho la pregunta del millón: ¿puedo empezar a dar consultas online utilizando la misma autorización sanitaria que ya tengo? La respuesta corta es más compleja de lo que parece, y en este artículo vamos a desglosarla para que tengas total claridad.
Olvídate de las suposiciones y los me han dicho que…. Aquí encontrarás la información precisa, basada en la normativa de la Comunidad de Madrid, para que puedas dar el salto al entorno digital con total seguridad jurídica y profesional. Analizaremos qué cubre exactamente tu licencia actual y qué pasos debes seguir para ofrecer tus servicios de nutrición a distancia de forma completamente legal.
El Marco Regulatorio: Entendiendo tu Autorización Actual
Tu autorización de funcionamiento como centro sanitario es un documento fundamental que te permite ejercer legalmente. Sin embargo, es crucial entender que esta autorización está intrínsecamente ligada a unas condiciones muy específicas que fueron aprobadas en su momento por la Consejería de Sanidad.
Esta licencia no es un cheque en blanco. Certifica que un centro, ubicado en una dirección física concreta, cumple con los requisitos para ofrecer una lista determinada de servicios. Los elementos clave que valida tu autorización son:
- La infraestructura y el espacio físico: Las características de tu consulta (metros cuadrados, distribución, equipamiento).
- El personal sanitario: Los profesionales cualificados que trabajan en el centro.
- La cartera de servicios: El listado específico de todas las prestaciones sanitarias que estás autorizado a ofrecer.
El problema surge porque, por defecto, una autorización para una consulta física se concede para la modalidad asistencial presencial. La prestación de servicios online se considera una modalidad distinta: la asistencia a distancia o telemedicina.
La Cartera de Servicios: La Pieza Clave del Puzle
Aquí reside el núcleo de la cuestión. La cartera de servicios es el listado oficial de todas las actividades y prestaciones que declaraste que ibas a realizar cuando solicitaste la autorización inicial. Si en ese momento no incluiste explícitamente la consulta de nutrición online o la asistencia a distancia, entonces, a efectos legales, no tienes permiso para ofrecerla.
Pensar que la autorización física ampara automáticamente la actividad online es un error común y arriesgado. La administración sanitaria debe verificar que tu nueva modalidad de servicio (la online) cumple con todos los requisitos de calidad, seguridad y protección de datos, de la misma forma que lo hizo con tu consulta física. Por lo tanto, no se trata de una extensión automática, sino de una modificación que debe ser solicitada y aprobada.