¿Necesito un nuevo proyecto técnico para ampliar la oferta asistencial?


¿Necesito un nuevo proyecto técnico para ampliar la oferta asistencial? Despeja tus dudas en la Comunidad de Madrid

Tu centro sanitario crece, la demanda de tus pacientes aumenta y te planteas dar un paso más. Quizás quieres incorporar una nueva especialidad médica, añadir un servicio de diagnóstico por imagen en tu clínica o implantar una unidad de odontopediatría en tu consulta dental. Esta expansión es una excelente noticia, pero inevitablemente trae consigo una pregunta crucial: ¿necesito un nuevo proyecto técnico para ampliar la oferta asistencial?

La respuesta no siempre es un simple sí o no. Depende de la naturaleza y el alcance de la modificación. La normativa sanitaria en la Comunidad de Madrid es muy específica y cualquier cambio en las condiciones que dieron lugar a tu autorización sanitaria inicial debe ser comunicado y, en muchos casos, respaldado por una nueva documentación técnica. En este artículo, vamos a desgranar los escenarios más comunes para que sepas exactamente a qué te enfrentas y cómo actuar con seguridad jurídica.

Entendiendo el concepto: ¿Qué es una «ampliación de la oferta asistencial»?

Antes de nada, es fundamental aclarar qué entiende la Consejería de Sanidad por una ampliación o modificación de la oferta. No se refiere únicamente a ampliar físicamente tu local. Una modificación sustancial de la oferta asistencial se produce cuando incorporas un servicio o especialidad que no estaba incluido en tu autorización de funcionamiento original.

El elemento clave aquí es la Unidad Asistencial (UCA). Una UCA es la estructura organizativa, con unos requisitos mínimos de espacio, equipamiento y personal, que permite desarrollar una actividad sanitaria específica. Por ejemplo, en una clínica, la consulta de traumatología es una UCA, la de ginecología es otra, y la sala de radiodiagnóstico, otra distinta.

Por lo tanto, la gran pregunta que debes hacerte es: ¿El cambio que quiero realizar implica la creación de una nueva Unidad Asistencial que no tengo autorizada? Si la respuesta es afirmativa, vas a necesitar iniciar un procedimiento de modificación de tu autorización sanitaria.

El Proyecto Técnico: ¿Siempre es obligatorio?

Aquí llegamos al núcleo de la cuestión. La necesidad de presentar un proyecto técnico completo, firmado por un técnico competente (como un arquitecto o ingeniero), está directamente ligada a la envergadura de la modificación. Analicemos las situaciones más habituales:

Casos en los que SÍ necesitarás un Proyecto Técnico

Generalmente, la presentación de un nuevo proyecto técnico es obligatoria cuando la ampliación de servicios implica:

  • Creación de nuevas Unidades Asistenciales: Si añades una especialidad que no tenías, como un servicio de podología en una clínica de fisioterapia. Esto requiere justificar que el nuevo espacio cumple con todos los requisitos específicos para esa nueva UCA.
  • Incorporación de instalaciones especiales: Si el nuevo servicio requiere instalaciones que supongan un riesgo o tengan una normativa muy estricta. El ejemplo más claro es la instalación de equipos de radiodiagnóstico, que exigen un proyecto de protección radiológica y un diseño estructural específico para el blindaje.
  • Realización de obras de envergadura: Cualquier reforma sustancial que implique redistribución de tabiques, modificación de pasillos, creación de nuevas salas o cambios en las instalaciones generales (climatización, electricidad, fontanería) para albergar la nueva actividad, requerirá un proyecto técnico.

Situaciones donde podría bastar con una Memoria Técnica

No toda modificación exige un proyecto de arquitectura completo. En casos de menor calado, es posible que la Consejería de Sanidad acepte una Memoria Técnica Justificativa. Este documento es más sencillo, pero igualmente debe ser redactado y firmado por un técnico cualificado. Algunos ejemplos:

  • Reorganización de espacios sin obras: Si vas a destinar una consulta ya autorizada a una nueva especialidad similar y que no tiene requisitos adicionales, podrías justificarlo con una memoria. Por ejemplo, usar una consulta de medicina general para pasar consulta de nutrición.
  • Incorporación de equipamiento que no modifica las instalaciones: Si añades un ecógrafo nuevo en una sala ya existente y autorizada, no necesitarás un proyecto, pero sí deberás notificar la incorporación de este nuevo equipo en tu inventario.
  • Cambios menores: Pequeñas adaptaciones que no alteran la estructura, la seguridad ni las condiciones básicas de la autorización.

¡Atención! La línea que separa la necesidad de un proyecto de la de una memoria puede ser muy fina. La decisión final siempre recae en la interpretación de la normativa por parte de la administración. Por ello, un asesoramiento experto desde el inicio es crucial.

El procedimiento paso a paso en la Comunidad de Madrid

Si has confirmado que tu ampliación requiere una modificación de la autorización, el camino a seguir, de forma simplificada, es el siguiente. Este proceso se gestiona ante la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria.

  1. Elaboración de la documentación técnica: El primer paso es contratar a un profesional para que redacte el proyecto técnico o la memoria justificativa. Este documento debe reflejar fielmente la normativa sanitaria aplicable a la nueva UCA.
  2. Presentación de la solicitud: Deberás presentar el formulario oficial de «modificación de la autorización de centros sanitarios», junto con el proyecto técnico, planos, listado de equipamiento y la documentación del personal sanitario que se incorpora.
  3. Subsanación y revisión: La administración revisará toda la documentación. Es muy común que soliciten aclaraciones o subsanaciones. Un proyecto bien elaborado desde el principio minimiza estos retrasos.
  4. Inspección Sanitaria (si procede): Un inspector de la Consejería podría visitar tu centro para comprobar in situ que las obras y las instalaciones se ajustan a lo presentado en el proyecto y cumplen con la normativa.
  5. Resolución favorable: Una vez verificado todo, recibirás la resolución que modifica tu autorización sanitaria, permitiéndote ofrecer legalmente el nuevo servicio.
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Errores comunes que debes evitar a toda costa

En el proceso de ampliar tu oferta asistencial, existen tropiezos frecuentes que pueden costarte tiempo, dinero y más de un dolor de cabeza. Presta atención y evítalos:

  • Iniciar la actividad sin autorización: Jamás ofrezcas el nuevo servicio a tus pacientes antes de tener la resolución favorable en tu mano. Hacerlo te expone a sanciones graves y al posible cierre de la nueva actividad.
  • Minimizar los requisitos de la nueva UCA: Cada especialidad tiene sus propias exigencias de espacio, ventilación, iluminación o equipamiento. Asumir que «cualquier sala vale» es un error que la inspección detectará de inmediato.
  • Presentar un proyecto genérico: La documentación técnica debe estar específicamente adaptada a la normativa sanitaria de la Comunidad de Madrid. Un proyecto que no contemple estas particularidades será rechazado.

Para evitar estos y otros contratiempos, es fundamental contar con el asesoramiento de un equipo técnico especializado en el sector sanitario. La elección de profesionales con experiencia demostrable es una inversión en tranquilidad y seguridad jurídica. Si necesitas ayuda para definir tu proyecto y gestionar los trámites, puedes contactarnos aquí y te ofreceremos una valoración experta de tu caso.

Conclusiones: Planifica tu crecimiento con seguridad

Ampliar la oferta asistencial de tu centro es un paso estratégico emocionante, pero debe hacerse sobre cimientos sólidos. La respuesta a si necesitas un nuevo proyecto técnico es, en la mayoría de los casos de incorporación de nuevos servicios, un rotundo sí.

La clave reside en analizar si la modificación implica una nueva Unidad Asistencial (UCA), requiere instalaciones especiales o conlleva obras significativas. Ante la duda, la prudencia y el asesoramiento profesional son tus mejores aliados. Planificar con antelación, elaborar una documentación técnica impecable y seguir los pasos del procedimiento administrativo te garantizará un crecimiento ordenado y, lo más importante, totalmente legal.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. Si solo sustituyo un equipo por otro más moderno, ¿necesito un proyecto?

No, para la mera sustitución de equipamiento por otro de características similares no se requiere un nuevo proyecto técnico, siempre que no modifique las instalaciones existentes (tomas de agua, electricidad, desagües, etc.) y sea para una UCA ya autorizada. Sin embargo, sí debes asegurarte de que el nuevo equipo cuenta con el marcado CE correspondiente y, en muchos casos, notificar la actualización de tu inventario a la Consejería.

2. ¿Es posible utilizar una misma consulta para dos especialidades sanitarias diferentes?

Sí, es posible, y se conoce como polivalencia de espacios. No obstante, esta polivalencia debe estar perfectamente justificada en la memoria o proyecto técnico y ser aprobada por la Consejería de Sanidad. La sala debe cumplir con los requisitos más restrictivos de todas las actividades que se vayan a desarrollar en ella. Por ejemplo, si se usa para extracciones y para consultas, debe cumplir con los requisitos de una sala de tratamiento.

3. ¿Qué ocurre si hago una obra menor para la nueva actividad sin presentar proyecto?

Realizar cualquier tipo de obra, aunque sea menor, para una nueva actividad no autorizada sin haberlo notificado y obtenido la autorización pertinente es una infracción. Si una inspección lo detecta, pueden paralizar la actividad, obligarte a revertir la obra y enfrentarte a un expediente sancionador. Es un riesgo que nunca merece la pena correr.

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