La pregunta sobre si un cirujano maxilofacial puede realizar procedimientos de armonización orofacial como rellenos con ácido hialurónico o la aplicación de toxina botulínica es una de las más recurrentes en el sector sanitario de la Comunidad de Madrid. La creciente demanda de estos tratamientos estéticos ha llevado a muchos profesionales, especialmente en el ámbito de la odontología y la cirugía oral, a plantearse ampliar su cartera de servicios. Sin embargo, la respuesta no es un simple sí o no. Implica una distinción crucial entre la capacitación profesional y la autorización sanitaria del centro donde se practican.
Este artículo desglosará, paso a paso y basándose estrictamente en la normativa de la Comunidad de Madrid, qué necesitas para ofrecer estos servicios de forma completamente legal y segura. Aquí encontrarás la información clave para evitar sanciones y operar con total tranquilidad.
La Doble Vertiente: Competencia Profesional vs. Autorización del Centro
Es fundamental entender que la legalidad de un acto médico se sostiene sobre dos pilares: la cualificación del profesional que lo ejecuta y la licencia del establecimiento donde se realiza. A menudo, se tiende a pensar que si un profesional está capacitado, automáticamente puede realizar el procedimiento en su clínica.
No hay duda de que un cirujano oral y maxilofacial posee un conocimiento anatómico exhaustivo de la región facial, lo que le posiciona como un candidato idóneo para realizar tratamientos de armonización orofacial. Su formación incluye un profundo dominio de la estructura ósea, muscular, vascular y nerviosa de la cara. Sin embargo, desde el punto de vista administrativo y regulatorio en la Comunidad de Madrid, esta competencia profesional no es suficiente por sí sola. El foco de la inspección sanitaria no estará (únicamente) en tu título, sino en la autorización de funcionamiento de tu clínica.
La Autorización de tu Clínica Dental: ¿Qué Incluye Realmente?
La mayoría de las clínicas dentales o de cirugía maxilofacial en la Comunidad de Madrid operan bajo una autorización sanitaria que ampara la oferta asistencial U.2 – Odontología/Estomatología. Esta licencia te permite realizar todos los tratamientos relacionados con la salud bucodental: diagnósticos, empastes, endodoncias, implantes, ortodoncia y, por supuesto, cirugía oral.
El problema surge porque los procedimientos de armonización orofacial con fines estéticos, como la infiltración de toxina botulínica o rellenos dérmicos, no se consideran tratamientos odontológicos per se. Son catalogados como actos de medicina estética. Por lo tanto, no están cubiertos por la autorización sanitaria estándar de una clínica dental (U.2).
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Sobre el Autor: Gorka Villanueva, arquitecto especialista en Tramitaciones sanitarias.
Con más de 20 años de experiencia tramitando expedientes en el la Consejería de Sanidad, Gorka lidera el equipo de Diarcove, ayudando a empresas y autónomos a abrir sus centros cumpliendo con la normativa sanitaria.
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