¿La autorización de fisioterapia me permite ofrecer servicios de osteopatía?


Seguro que te has hecho esta pregunta más de una vez: ¿la autorización de fisioterapia me permite ofrecer servicios de osteopatía? Es una de las dudas más recurrentes entre los profesionales que buscan ampliar la cartera de servicios de su centro sanitario en la Comunidad de Madrid. La línea que separa ambas disciplinas puede parecer difusa, pero a nivel normativo y administrativo, las diferencias son cruciales y conocerlas es fundamental para evitar problemas con la administración.

Si ya cuentas con una autorización de funcionamiento para tu clínica de fisioterapia o estás pensando en montar una, este artículo te interesa. Aquí desglosaremos la normativa vigente en la Comunidad de Madrid para que entiendas perfectamente qué ampara tu licencia, cómo puedes integrar la osteopatía en tu práctica profesional de forma segura y qué debes hacer para cumplir siempre con la legalidad. Despejaremos todas tus dudas y te daremos las claves para actuar con total tranquilidad.

Fisioterapia y Osteopatía: El Punto de Partida Normativo

Para entender la respuesta, primero debemos aclarar el estatus legal de cada disciplina en España. Esta distinción es la base de todo el entramado administrativo.

  • Fisioterapia: Es una profesión sanitaria regulada, titulada y colegiada. Está recogida en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS). Los fisioterapeutas son profesionales universitarios con competencias y atribuciones claramente definidas por la ley. Su práctica está protegida y supervisada por los colegios profesionales correspondientes.
  • Osteopatía: En España, la osteopatía no está reconocida como una profesión sanitaria independiente. Se considera una terapia o un conjunto de técnicas manuales. Aunque existen formaciones y másteres de gran calidad, no existe una titulación universitaria oficial de Grado en Osteopatía que habilite para ejercerla como profesión sanitaria autónoma.

Esta diferencia es fundamental. La administración sanitaria solo autoriza centros y servicios basados en profesiones sanitarias reguladas. Por lo tanto, no puedes solicitar una autorización para un “Centro de Osteopatía” como tal, ya que la figura del “osteópata” no existe como profesional sanitario en el marco legal actual.

Tu Autorización Sanitaria en Madrid: ¿Qué Incluye Exactamente?

Cuando obtienes la autorización de funcionamiento para tu centro en la Comunidad de Madrid, lo que la Consejería de Sanidad te concede es una licencia para una o varias unidades asistenciales específicas. En el caso de una clínica de fisioterapia, la unidad que te corresponde es la U.11 de Fisioterapia.

Esta autorización te habilita para realizar todos los actos y aplicar todas las técnicas que se incluyen dentro de las competencias profesionales del fisioterapeuta. La clave, por tanto, no está en el nombre de la técnica (osteopatía, punción seca, terapia miofascial), sino en si dicha técnica puede ser considerada legalmente un acto fisioterapéutico realizado por un profesional cualificado para ello: un fisioterapeuta.

Entonces, ¿Puedo Ofrecer Servicios de Osteopatía? La Respuesta Matizada

Sí, puedes ofrecer servicios que incluyan técnicas osteopáticas, pero con matices muy importantes. La forma en que lo hagas, lo anuncies y lo integres en tu práctica es lo que determinará si estás cumpliendo con la normativa o no.

Para que la inclusión de la osteopatía en tu centro de fisioterapia sea correcta desde el punto de vista administrativo y legal en la Comunidad de Madrid, debes cumplir una condición indispensable: que el profesional que aplique dichas técnicas sea un fisioterapeuta colegiado. Un fisioterapeuta puede utilizar las técnicas osteopáticas como una herramienta más dentro de su arsenal terapéutico, considerándolas una especialización o una formación de posgrado dentro del campo de la terapia manual.

A efectos prácticos, esto se traduce en lo siguiente:

  1. El profesional: Debe ser siempre un fisioterapeuta con la titulación y colegiación correspondientes.
  2. El marco de actuación: Las técnicas osteopáticas deben aplicarse bajo el paraguas de un tratamiento de fisioterapia. Es decir, se enmarcan dentro del diagnóstico y plan de tratamiento fisioterapéutico.
  3. La autorización del centro: Tu centro debe estar autorizado como centro de fisioterapia (con la unidad U.11). No necesitas una autorización adicional para la “osteopatía”.

Publicidad y Denominación: La Clave para Evitar Sanciones

Este es, sin duda, el punto más delicado y donde se cometen más errores. La forma en que presentas tus servicios al público es vigilada de cerca por la inspección sanitaria. Una denominación incorrecta puede llevar a confusiones y a posibles sanciones.

Presta mucha atención a estas recomendaciones:

  • QUÉ HACER: Utiliza denominaciones que dejen claro que la osteopatía es una técnica o especialidad dentro de la fisioterapia. Por ejemplo:
    • “Fisioterapia y Terapia Manual Osteopática”
    • “Tratamientos de Fisioterapia con Técnicas Osteopáticas”
    • “Fisioterapeuta especializado en Osteopatía”
  • QUÉ EVITAR: No anuncies la osteopatía como un servicio independiente y separado de la fisioterapia. Evita a toda costa términos que puedan inducir a error y hacer pensar que son profesiones distintas en tu centro. Por ejemplo:
    • “Clínica de Fisioterapia y Osteopatía” (esto sugiere dos servicios distintos).
    • Listar en tu web “Fisioterapia” y “Osteopatía” al mismo nivel en el menú de servicios.
    • Tener un rótulo que diga “Centro de Osteopatía”.
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Recuerda: tu autorización es para un centro sanitario de fisioterapia. Toda tu comunicación y publicidad debe ser coherente con esa autorización sanitaria. Si tienes dudas sobre cómo enfocar tu marketing o la cartelería de tu local, es crucial que te asesores. Un pequeño error en la nomenclatura puede acarrear grandes complicaciones.

¿Necesito Modificar mi Autorización Existente?

En la mayoría de los casos, si eres fisioterapeuta y vas a aplicar técnicas osteopáticas como parte de tus tratamientos, no necesitas modificar tu autorización de funcionamiento. Tu licencia para la unidad U.11 de Fisioterapia ya ampara el uso de estas técnicas de terapia manual avanzada.

Sin embargo, si planeas hacer cambios estructurales significativos en tu centro, añadir otras unidades asistenciales o si tu publicidad ha sido ambigua hasta ahora, podrías necesitar una revisión de tu expediente. Si no tienes claro si tu situación actual se ajusta a la normativa o si quieres iniciar tu actividad con total seguridad jurídica, lo más recomendable es consultar con expertos. En Diarcove te ofrecemos un análisis detallado de tu caso y te guiamos en todos los trámites necesarios. Puedes contactar con nosotros aquí para solicitar información y obtener un presupuesto adaptado a tus necesidades.

Conclusiones Clave

Integrar la osteopatía en tu centro de fisioterapia en la Comunidad de Madrid es totalmente viable y una excelente forma de ampliar tu abanico terapéutico, pero siempre que se haga correctamente. La normativa es clara y el cumplimiento estricto es tu mejor garantía de tranquilidad.

Quédate con estas ideas fundamentales:

  • La osteopatía no es una profesión sanitaria regulada en España, sino un conjunto de técnicas.
  • Tu autorización de fisioterapia (U.11) te permite aplicar técnicas osteopáticas siempre que seas fisioterapeuta.
  • El tratamiento debe enmarcarse siempre dentro de un acto fisioterapéutico.
  • La publicidad y la denominación de tus servicios son cruciales: presenta la osteopatía como una especialización o herramienta de la fisioterapia, no como una disciplina independiente.

Actuar con conocimiento y rigor no solo te evitará sanciones, sino que también reforzará tu imagen como un profesional sanitario serio y comprometido con la legalidad y el bienestar de tus pacientes.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puede un profesional que solo tiene formación en osteopatía (sin ser fisioterapeuta) trabajar en mi centro sanitario?

No. En un centro sanitario autorizado por la Comunidad de Madrid, todo el personal que realiza actos sanitarios debe tener una titulación sanitaria oficial reconocida en España. Un técnico en osteopatía sin el título de Grado en Fisioterapia no puede tratar a pacientes dentro de un centro con autorización sanitaria, ya que no se le considera personal sanitario según la LOPS.

Si mi centro se llama “Centro de Terapias Manuales”, ¿puedo ofrecer osteopatía?

Depende de tu autorización. Si tu centro tiene una autorización sanitaria, esta estará vinculada a una unidad asistencial concreta, como la U.11 de Fisioterapia. En ese caso, se aplican todas las reglas mencionadas: solo fisioterapeutas pueden aplicar las técnicas y la publicidad debe ser coherente. Un nombre genérico no te exime de cumplir la normativa específica de las profesiones sanitarias que ejerzas.

¿Qué organismo inspecciona el cumplimiento de esta normativa en Madrid?

La Subdirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, perteneciente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, es la encargada de realizar las inspecciones en los centros sanitarios para verificar que cumplen con la normativa de autorización, personal, instalaciones y publicidad, entre otros aspectos.


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